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Modo: Corpus Pro

IMPROCEDENCIA EN EL AMPARO INDIRECTO. SE ACTUALIZA CUANDO SE SEÑALAN COMO AUTORIDADES RESPONSABLES A ENTES QUE EN REALIDAD TIENEN EL CARÁCTER DE PATRÓN, AUNQUE SE PLANTEE LA INCONSTITUCIONALIDAD O APLICACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, DESCONCENTRADA Y DELEGACIONES DEL DISTRITO FEDERAL (AHORA CIUDAD DE MÉXICO).

Clave: I.13o.T.207 L (10a.) · Registro digital (IUS): 2018679 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 61, Diciembre de 2018; Tomo II; Pág. 1096

Uno de los requisitos indispensables para la procedencia del juicio de amparo es que se señalen a entes o funcionarios de los organismos públicos que actúen con las características de unilateralidad y coercitividad, de manera que si en el amparo indirecto se especifican a ciertos funcionarios como autoridades responsables, pero se deduce que en realidad tienen el carácter de patrón, es decir, que están vinculados con el quejoso por una relación de trabajo, el juicio de amparo indirecto es improcedente, y no es impedimento para considerarlo así, el hecho de que se reclame la inconstitucionalidad o aplicación de los Lineamientos de la Administración Pública Centralizada, Desconcentrada y Delegaciones del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), en atención a que son dos situaciones íntimamente relacionadas (autoridad responsable y acto reclamado), por lo que, al no ser autoridades para los efectos del juicio de amparo, no se actualiza el supuesto de admisión de la demanda, aun cuando se precise que se reclama la inconstitucionalidad de una ley u ordenamiento jurídico.

DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2018679-7a8b54e5/improcedencia-en-el-amparo-indirecto-se-actualiza-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 105/2018. Rosa María Barrios Martínez. 20 de septiembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: Agustín de Jesús Ortiz Garzón.

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