Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

JURISDICCION VOLUNTARIA, NOTIFICACIONES EN. ES IMPROCEDENTE EL AMPARO CUANDO SE TRATA DE.

Clave: I.3o.C.108 C · Registro digital (IUS): 201905 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Julio de 1996; Pág. 405

Si bien es cierto que conforme lo dispone el artículo 898 del Código de Procedimientos Civiles, las providencias de jurisdicción voluntaria serán apelables en ambos efectos o en el devolutivo, según los casos a que se refiere ese numeral, ello se entiende puede ocurrir cuando se trata de resoluciones que afecten al promovente o a tercero, esto es, a un acto de autoridad que en sí lesione un derecho o entrañe una violación substancial del procedimiento, pero no de una simple notificación que no conlleva ningún acto de ejecución por parte del órgano jurisdiccional en posible perjuicio de terceros, y por ende, no se surte ninguno de los eventos que para la procedencia del juicio de amparo señala el artículo 107, fracción III, de la Constitución Federal.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/201905-7d11cc34/jurisdiccion-voluntaria-notificaciones-en-es-improcedente-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1030/96. Lucina Salazar del Valle. 31 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis