Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

JURISDICCION VOLUNTARIA. NO LESIONA DERECHO DE TERCEROS EL AUTO QUE LE DA CURSO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 248293 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 205-216, Sexta Parte; Pág. 583

El auto que admite a trámite diligencias de jurisdicción voluntaria no corresponde a ninguno de los casos que señala la fracción III del artículo 107 constitucional, puesto que en términos del artículo 893 del Código de Procedimientos Civiles, las promociones en vía de jurisdicción voluntaria excluyen cuestión alguna entre partes determinadas y, de esta suerte, el auto de mérito en manera alguna puede lesionar el derecho de un tercero, cualquiera que sea su naturaleza, porque no se trata de un juicio que es donde únicamente pueden dictarse acuerdos con esos efectos.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248293-3b6f2fb5/jurisdiccion-voluntaria-no-lesiona-derecho-de-terceros-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1089/85. Eduardo de la Sierra Espinosa. 14 de noviembre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis