RECURSO DE QUEJA EN EL JUICIO DE AMPARO. EL TERCERO INTERESADO TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLO CONTRA LA INTERLOCUTORIA QUE RESOLVIÓ FUNDADO EL INCIDENTE POR EXCESO O DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL.
Uno de los objetivos de la suspensión en el amparo es mantener viva la materia del juicio, al impedir que el acto que lo motiva, al consumarse irreparablemente, haga ilusoria para el agraviado la protección de la Justicia Federal, evitándole los perjuicios que la ejecución del acto reclamado pudiera ocasionarle. Luego, en los casos en los que, de concederse la suspensión pudieran ocasionarse daños o perjuicios al tercero interesado, éste está legitimado para interponer el recurso que proceda contra la determinación correspondiente. Por tanto, si el quejoso promueve un incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión provisional, el cual se declara fundado, al margen de las consecuencias que implique para la autoridad responsable la resolución de incumplimiento o cumplimiento defectuoso, una de las consecuencias es que se ordene ejecutar adecuadamente la suspensión otorgada; determinación que, al decretar la ejecución de la suspensión, puede ocasionar daños o perjuicios al tercero interesado, por lo que éste tiene legitimación para interponer el recurso de queja contra la interlocutoria relativa, cuya materia y finalidad consisten en analizar la legalidad de la resolución emitida en el incidente, lo cual implica verificar si la suspensión se cumplió o no en sus términos y si la autoridad responsable estuvo en aptitud de rectificar los errores en que pudo haber incurrido; lo que de suyo implica que podría determinarse que no existió incumplimiento y, por ende, que no deba ejecutarse acto alguno que pudiera afectarle.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2021350-8bd938b2/recurso-de-queja-en-el-juicio-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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