Corpus
Modo: Corpus Pro

ORDEN DE APREHENSION. NO ES REQUISITO DAR OPORTUNIDAD DE DEFENSA AL QUEJOSO, PARA QUE SE LIBRE UNA.

Clave: XXI.1o.19 P · Registro digital (IUS): 202165 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 886

No es necesario para que se dicte una orden de aprehensión, que se dé oportunidad de defenderse al quejoso, pues, entre los requisitos que al efecto establece el artículo 16 constitucional, no se encuentra el de que se tome declaración al inculpado, ni tampoco el de que se le cite para hacerle saber los cargos que se formulan en su contra.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202165-5bd60308/orden-de-aprehension-no-es-requisito-dar-oportunidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 378/95. César López Rosales. 10 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Fernando G. Suárez Correa. Secretario: Gabriel Costilla Hernández.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.