JUICIO LABORAL PROMOVIDO POR UN ADULTO MAYOR. SI ALEGA DISCRIMINACIÓN POR SU EDAD O MANIFIESTA QUE POR ELLO SE LE DESPIDIÓ INJUSTIFICADAMENTE, CORRESPONDE AL PATRÓN ACREDITAR QUE NO FUE ASÍ.
Cuando un juicio laboral ha sido promovido por un adulto mayor que alega discriminación por razón de su edad o manifiesta que por esa razón se le despidió injustificadamente de su trabajo, la carga de la prueba de demostrar lo contrario corresponde al patrón, en atención al principio de "facilidad probatoria" con el que cuenta, pues de conformidad con los artículos 784 y 804 de la Ley Federal del Trabajo, le corresponde demostrar las condiciones básicas de la relación de trabajo, dentro de las cuales se encuentra el ambiente laboral en el que se desarrollan los empleados; aunado a su obligación general de brindar a los trabajadores las condiciones óptimas para que puedan realizar su trabajo, incluidas las herramientas para su desempeño, así como las medidas necesarias para evitar y remediar cualquier situación de discriminación que pudieran sufrir, habida cuenta que un ambiente de trabajo libre de violencia y discriminación constituye un aspecto de interés social, de acuerdo con el artículo 3o., último párrafo, de la ley aludida.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2021796-6676c79c/juicio-laboral-promovido-por-un-adulto-mayor-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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