IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 2o.-A, FRACCIÓN I, INCISO B), NUMERAL 6, DE LA LEY DE LA MATERIA, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
Hechos: Personas morales promovieron juicio de amparo indirecto contra, entre otros, el artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), numeral 6, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, y que entró en vigor el 1 de enero de 2014, aduciendo que transgrede el principio de legalidad tributaria.
Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve que el artículo citado no transgrede el principio de legalidad tributaria.
Justificación: El precepto aludido prevé que los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies utilizadas como mascotas en el hogar causará el impuesto a la tasa general del 16% (dieciséis por ciento). Si bien se tiene que la citada porción normativa no establece expresamente qué se debe entender por "pequeñas especies" o "mascotas en el hogar", tal situación no hace que vulnere el principio de legalidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues de conformidad con el artículo 5o. del Código Fiscal de la Federación, del propio artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), numeral 6, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado se conoce que el legislador consideró como objeto del impuesto al valor agregado la enajenación de alimentos procesados para consumo animal precisando –como regla general–, la tasa del 16% (dieciséis por ciento). Entonces, no se genera incertidumbre sobre el tratamiento legal que les corresponde, es decir, si no se encuentran identificados expresamente en el supuesto de excepción como es la aplicación de la tasa del 0% (cero por ciento), en vía de consecuencia, debe aplicárseles la tasa general del 16% (dieciséis por ciento), resultando irrelevante el significado que pretenda atribuirse a los términos "pequeñas especies" y "mascotas en el hogar".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2022456-ee042c4f/impuesto-al-valor-agregado-el-articulo-2o--a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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