AUDIENCIA DE DESAHOGO DE PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. LA NOTIFICACIÓN DE LA NUEVA FECHA PARA SU CELEBRACIÓN DEBE HACERSE PERSONALMENTE A LAS PARTES QUE NO ASISTIERON, CUANDO EL AUTO CORRESPONDIENTE CONTENGA UN APERCIBIMIENTO (INTERPRETACIÓN DEL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 874 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE MAYO DE 2019).
Conforme al segundo párrafo del artículo 874 de la Ley Federal del Trabajo, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, las partes que comparezcan a una audiencia quedarán notificadas de la nueva fecha que se señale para su celebración y, a las que fueron notificadas y no concurrieron, se les notificará por boletín o por lista en los estrados de la Junta, salvo aquellas que no fueron notificadas, a quienes se les hará personalmente. Sin embargo, dicha regla no implica la validez de la notificación efectuada de esa manera (por boletín o por lista), cuando en el propio auto se realiza algún apercibimiento a las partes, pues en este supuesto no se trata solamente de la formalidad de enterarlas de una nueva fecha para la audiencia, sino de un requerimiento cuyo incumplimiento tendrá consecuencias jurídicas, de lo cual deben estar notificadas personalmente. Al respecto, resulta ilustrativa la tesis aislada emitida por la entonces Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "APERCIBIMIENTO, NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL. EN MATERIA LABORAL.", en la que determinó que es un principio general de derecho y, como tal, aplicable a los juicios laborales, que todo apercibimiento, para poder hacerse efectivo, debe notificarse personalmente a la parte a la que va dirigido. Criterio que encuentra justificación, debido a que las prevenciones o requerimientos deben ser conocidos plenamente por los interesados, dadas las consecuencias que generan, lo cual queda garantizado mediante su notificación personal. Por ello, si la Junta no ordenó la notificación personal del acuerdo en donde fija hora y fecha para el desahogo de pruebas, con el apercibimiento a las partes que, de no presentar a sus peritos a aceptar y protestar el cargo, les será declarado desierto el medio de convicción, y a pesar de ello hizo efectivo dicho apercibimiento, contraviene una formalidad esencial del procedimiento que trasciende al resultado del fallo, en términos del artículo 172, fracción III, de la Ley de Amparo, puesto que habrá desechado pruebas legalmente ofrecidas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2022925-80989b98/audiencia-de-desahogo-de-pruebas-en-el-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AUDIENCIA PRELIMINAR EN EL JUICIO LABORAL. LA NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO QUE FIJA FECHA Y HORA PARA SU DESAHOGO DEBE REALIZARSE PERSONALMENTE. (VI.1o.T.14 L (11a.))
- PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. EL ACUERDO QUE ORDENA DAR VISTA A LAS PARTES CON LA CERTIFICACIÓN SECRETARIAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 885 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, DEBE N (2a./J. 1/2018 (10a.))
- PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. LA JUNTA EN LA AUDIENCIA EN QUE LAS ADMITA DEBE SEÑALAR DÍA Y HORA PARA SU DESAHOGO, Y SI LO HACE EN UNA ACTUACIÓN POSTERIOR DEBERÁ NOTIFICARLO (I.13o.T.52 L (10a.))
- DESAHOGO DE PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. EL AUTO QUE ORDENA DAR VISTA A LAS PARTES CON LA CERTIFICACIÓN DE QUE NO QUEDAN PRUEBAS PENDIENTES POR DESAHOGAR, DEBE NOTIFICARSE PERSONA (IV.2o.T.10 L (10a.))
- AUDIENCIA PRELIMINAR EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO LABORAL. NO ES NECESARIO NOTIFICAR PERSONALMENTE EL ACUERDO QUE SEÑALA FECHA PARA SU DESAHOGO CON LOS APERCIBIMIENTOS DE LEY. (PR.P.T.CS. J/34 L (11a.))
- AUDIENCIA DE CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES Y OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS, DIFERICION DE LA, POR FALTA DE NOTIFICACION. LA NUEVA FECHA DE CELEBRACION DEBE NOTIFICARSE P (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis