SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA INOPERANTE SI LA POSESION CONCURRE CON OTRA MODALIDAD.
Si de autos se presume que el acusado quería la droga afecta a la causa, para cometer una de las conductas ilícitas a que se refiere el artículo 194 del Código Penal Federal (por el hecho de habérsele incautado distribuida en pequeños envoltorios denominados "grapas"), este precepto legal es el que debe aplicarse y no el diverso artículo 195 del mencionado Código, siendo irrelevante en esas condiciones que el reo sea o no adicto al consumo de la cocaína, y que la cantidad de ésta exceda o no de la racionalmente necesaria para su consumo personal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202511-7867aed1/salud-delito-contra-la-excusa-absolutoria-inoperante-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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