EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A LOS TERCEROS INTERESADOS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PREVIAMENTE A ORDENARLO, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE REQUERIR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE PARA QUE LE INFORME SI ANTE ELLA SE ENCUENTRA ALGÚN DOMICILIO EN EL QUE PUDIERAN SER LOCALIZADOS.
Hechos: Durante la tramitación del juicio de amparo indirecto, el Juez de Distrito ordenó la práctica del emplazamiento por edictos a los terceros interesados, sin que previamente hubiese requerido a la autoridad responsable para que le informara si dentro del asunto del que emanan los actos reclamados se encuentra alguna dirección en la que pudieran ser localizados.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que previamente a ordenar el emplazamiento por edictos de los terceros interesados en el juicio de amparo indirecto, el Juez de Distrito debe requerir a la autoridad responsable para que le informe si ante ella se encuentra algún domicilio en el que pudieran ser localizados.
Justificación: Lo anterior, porque el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo otorga la prerrogativa al Juez de Distrito para requerir a la autoridad responsable que proporcione el domicilio que ante ésta se hubiese señalado por aquellas personas que tienen la calidad de terceras interesadas; de modo que debe ejercer esa facultad para poder emplazarlas personalmente, antes de recurrir a otros medios previstos en la referida ley, con el fin de beneficiar en todo momento al quejoso y cumplir con el principio de celeridad jurídica en el juicio de amparo; de ahí que dicha facultad debe entenderse como un deber inexcusable del órgano jurisdiccional para salvaguardar el derecho de acceso a la justicia a que se refieren los artículos 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en favor del quejoso. Esto es, al tratarse de la primera notificación a los terceros interesados, de resultar inexactos los domicilios que se señalaron en el juicio de amparo, el Juez de Distrito debe dictar las "medidas pertinentes" con el fin de investigarlos, teniendo que requerir a la autoridad responsable para que le proporcione los que ante ella se señalaron, en tanto que dicha expresión "medidas pertinentes" indica que no basta que se efectúe una sola acción indagatoria con ese fin, sino que debe acudirse a varias fuentes de información y, de esa manera, la búsqueda exhaustiva evite que el emplazamiento se practique por edictos, debido a que el llamamiento a juicio por ese medio debe llevarse de manera especialísima, como una verdadera excepción a la regla general de la notificación personal, y no como un recurso inmediato.
DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2027911-e3f3e2fb/emplazamiento-por-edictos-a-los-terceros-interesados-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO. EL JUEZ DE DISTRITO DEBE AGOTAR LAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN PARA INDAGAR SU DOMICILIO, ANTES DE ORDENARLO POR EDICTOS A COSTA DEL QUEJOSO. (I.6o.P.7 K (10a.))
- TERCERO INTERESADO. EL DESCONOCIMIENTO DE SU DOMICILIO, PARA EFECTOS DE SU PRIMERA NOTIFICACIÓN DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO, IMPLICA LA OBLIGACIÓN DE REQUERIR A AQUELLAS AUTORIDADE (2a./J. 35/2017 (10a.))
- EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. LA OBLIGACIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO DE INVESTIGAR SU DOMICILIO CUANDO NO CONSTA EN AUTOS ANTES DE REALIZARLO, SE SATISFACE CUANDO S (III.2o.A.1 K (10a.))
- EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO INTERESADO. INSTITUCIONES A LAS QUE EL JUEZ DE DISTRITO, PREVIO A ORDENARLOS, PUEDE SOLICITAR DATOS PARA LA LOCALIZACIÓN DEL DOMICILIO BUSCADO (IX.1o.9 K (10a.))
- EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO. SUSPENSIÓN DEL PLAZO PARA SU PUBLICACIÓN, SI SE PROPORCIONAN NUEVOS DATOS VEROSÍMILES DEL DOMICILIO. (I.4o.C.33 K)
- EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO INTERESADO EN EL AMPARO INDIRECTO. PREVIO A ORDENARLO DEBE AGOTARSE LA POSIBILIDAD DE REALIZARLO EN EL ÚLTIMO DOMICILIO SEÑALADO PARA OÍR NOTIF (VI.1o.P.7 K (11a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis