ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO (AFORES). LA VÍA LABORAL ES IMPROCEDENTE PARA DEMANDAR LA RESPONSABILIDAD EN LA QUE PUEDEN INCURRIR POR LAS MINUSVALÍAS DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES.
Hechos: Pensionados demandaron en la vía laboral de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), el pago de la disminución en el valor que sufrieron sus ahorros durante su administración, al afirmar que incumplieron con las obligaciones que les imponen los artículos 18, 35, 36, 37, 42, 43 y 44 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la vía laboral es improcedente para demandar la responsabilidad en la que pueden incurrir las Afores por las minusvalías de los ahorros de los trabajadores.
Justificación: La responsabilidad de una Afore por el indebido manejo que pudiera ocurrir al administrar los fondos de ahorro para el retiro de los trabajadores, es una cuestión que escapa del control jurisdiccional en materia de trabajo, en tanto que no se relaciona con el derecho del operario a disponer de los fondos de su cuenta individual, sino que tiene que ver con los aspectos financieros relativos a que se cumpla con el deber de cuidado para invertir responsablemente los recursos a su cargo, ya que su vigilancia, así como la imposición de las medidas relacionadas con ello, están reguladas por los artículos 44 y 44 Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las Disposiciones de Carácter General que establecen el Régimen de Inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, y las Disposiciones de Carácter General en Materia de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las cuales prevén que corresponde a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro realizar tales actos; de ahí que la vía laboral sea improcedente.
DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2028608-688bd471/administradoras-de-fondos-para-el-retiro-afores-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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