Corpus
Modo: Corpus Pro

AMPARO INDIRECTO IMPROCEDENTE CONTRA LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA QUE DECLARA INFUNDADA LA EXCEPCION DE INCOMPETENCIA.

Clave: III.3o.C.7 K · Registro digital (IUS): 203174 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 386

La sentencia de segunda instancia que confirma la interlocutoria pronunciada por el juez natural a través de la cual se declara infundada la excepción de falta de competencia no ocasiona ningún perjuicio de imposible reparación, habida cuenta que si la sentencia de primer grado fuera absolutoria se subsanaría el daño que por ahora se le causa; en la inteligencia de que el hecho de que, debido a tal fallo, la quejosa queda obligada a litigar ante los tribunales comunes sólo implica un perjuicio de hecho (no de derecho) que no es protegible a través del juicio constitucional.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/203174-075450b6/amparo-indirecto-improcedente-contra-la-sentencia-de-segunda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 836/95. Autopapel, S.A. de C.V. 23 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Juan Manuel Rochín Guevara.

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