Corpus
Modo: Corpus Pro

PAGARE, FALTA DE RECONOCIMIENTO DEL, CUANDO SE ACEPTA EL ADEUDO.

Clave: II.2o.C.T.17 C · Registro digital (IUS): 203259 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 455

Si en la diligencia de embargo se reconoce el adeudo por la cantidad reclamada, resulta irrelevante que no se haya reconocido el pagaré, ya que tal reconocimiento permite establecer fundadamente que se suscribió el documento.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/203259-2f00b9ab/pagare-falta-de-reconocimiento-del-cuando-se-acepta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1035/95. Marciana Tello Téllez. 4 de octubre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: E. Laura Rojas Vargas.

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