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IMPEDIMENTO EN AMPARO INDIRECTO. SE ACTUALIZA POR AMISTAD ESTRECHA DE LA PERSONA JUZGADORA CON LA AUTORIDAD RESPONSABLE POR DECLINACIÓN DE COMPETENCIA, AUN CUANDO ÉSTA NO HAYA EMITIDO EL ACTO RECLAMADO.

Clave: I.7o.P.2 K (12a.) · Registro digital (IUS): 2032740 · Tipo: Tesis aislada
Época: 12a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 12a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

Hechos: En un juicio de amparo indirecto, la persona juzgadora planteó excusa para continuar conociendo del amparo al tener amistad estrecha con la autoridad responsable por declinación de competencia, a la que correspondió conocer de una carpeta judicial, la cual no emitió el acto reclamado cuestionado en sede constitucional.

Criterio jurídico: Se actualiza la causa de impedimento prevista en el artículo 51, fracción VII, de la Ley de Amparo, cuando existe amistad estrecha entre la persona juzgadora de amparo y la autoridad responsable por declinación de competencia que debe continuar conociendo de la carpeta judicial de origen, aun cuando esta última no haya emitido el acto reclamado en sede constitucional.

Justificación: El principio de imparcialidad previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos debe observarse no sólo al resolver el fondo del asunto, sino durante toda la sustanciación del procedimiento. Aun cuando el acto reclamado en sede constitucional no haya sido emitido por la persona juzgadora respecto de la cual se planteó el impedimento, se acredita la causal relativa, pues su eventual intervención futura podría comprometer la percepción de imparcialidad. Esto, porque subsiste la posibilidad de que la parte quejosa amplíe su demanda con motivo de un nuevo acto proveniente de dicha autoridad. En tal supuesto, la continuidad en la sustanciación del juicio por un órgano cuya imparcialidad pudiera verse objetivamente cuestionada comprometería la confianza en la administración de justicia y podría afectar la regularidad del procedimiento.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2032740-8c72c541/impedimento-en-amparo-indirecto-se-actualiza-por-amistad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Impedimento 56/2026. 5 de junio de 2026. Unanimidad de votos de las personas Magistradas Claudia Verónica Monroy Ramírez y Mario Alberto García Acevedo, y de Víctor Manuel Ramírez Díaz, secretario en funciones de Magistrado. Ponente: Claudia Verónica Monroy Ramírez. Secretario: Arturo Baca Contreras.

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