Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA DE AMPARO. NO LLEGA AL GRADO DE QUE EL JUEZ DE DISTRITO TENGA QUE LLAMAR A JUICIO A UNA AUTORIDAD QUE NO LE FUE SEÑALADA COMO RESPONSABLE, LA.

Clave: XX.46 K · Registro digital (IUS): 203878 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Noviembre de 1995; Pág. 608

Si bien es cierto que el emplazamiento a juicio es una cuestión de orden público y que como consecuencia los jueces tienen la obligación de analizarlo oficiosamente, porque de efectuarse en forma contraria a las disposiciones legales constituiría la violación procesal de mayor trascendencia; también lo es, que la suplencia de la queja en materia de amparo, no llega al grado de que el juez de Distrito, tenga que llamar a juicio a una autoridad que no le fue señalada como responsable en la demanda de garantías, a fin de analizar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de sus actos, ya que es a la parte quejosa a quien corresponde hacer ese señalamiento, porque así lo dispone expresamente el artículo 116, fracción III, de la Ley de Amparo.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/203878-13eedee7/suplencia-de-la-queja-en-materia-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 222/95. Ezequiel Abadía Rincón y otra. 7 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Stalin Rodríguez López.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis