CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR ENTRE LAS QUE SE ENCUENTRA LA REDUCCION DE PENSION ALIMENTICIA. DEBEN TRAMITARSE CONFORME A LO PREVISTO POR LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL CAPITULO UNICO DEL TITULO DECIMO NOVENO DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
Las controversias del orden familiar, entre las que se encuentra la reducción de pensión alimenticia, deben tramitarse conforme a lo previsto por las disposiciones legales contenidas en el Capítulo Unico del Título Décimo Noveno del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas; porque de la interpretación armónica y sistemática de los preceptos legales contenidos en este capítulo, se arriba al conocimiento que las acciones relativas a la familia deben tramitarse en la forma y términos expresamente señalados, y si bien el artículo 996 del ordenamiento legal antes invocado, prevé la tramitación de los incidentes, ello se trata única y exclusivamente de cuestiones ajenas al tema principal pero que deban resolverse en forma previa dentro de un procedimiento en curso, pero no es aplicable en relación a procedimientos culminados en materia de alimentos, que por su propia naturaleza y por disposición expresa de la ley, son susceptibles de variarse.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204455-c2d40826/controversias-del-orden-familiar-entre-las-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PENSIÓN ALIMENTICIA. CUANDO OCURRA UN CAMBIO DE CIRCUNSTANCIAS QUE AFECTE EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN ORIGINALMENTE PLANTEADA, PUEDE SOLICITARSE LA REDUCCIÓN, MODIFICACIÓN Y CESACIÓN (XX.1o.196 C)
- CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR. ES LA VÍA IDÓNEA PARA RECLAMAR LA NULIDAD DE CONVENIOS EN MATERIA DE ALIMENTOS, CELEBRADOS POR EL DEUDOR CON UNA TERCERA, CUANDO SE ESTIMA QUE SE (XX.2o.56 C)
- CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR. PROCEDE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA EN TODOS LOS ASUNTOS RELATIVOS A LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPA (XX.1o.188 C)
- CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR. TRATANDOSE DE PRUEBAS OFRECIDAS FUERA DEL TERMINO LEGAL, DEBE CORRERSE TRASLADO A LA CONTRARIA PARA QUE DENTRO DEL TERCER DIA MANIFIESTE LO QUE A (XX.74 C )
- CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR. TRATÁNDOSE DE PRUEBAS OFRECIDAS FUERA DEL TÉRMINO LEGAL, DEBE CORRERSE TRASLADO A LA CONTRARIA PARA QUE DENTRO DEL TERCER DÍA MANIFIESTE LO QUE A (825)
- FAMILIA, ASUNTOS QUE AFECTAN A LA, ESPECIALMENTE TRATANDOSE DE MENORES Y DE ALIMENTOS. FACULTAD EXCLUSIVA DEL JUEZ DE LO FAMILIAR PARA INTERVENIR DE OFICIO. (LEGISLACION DEL ESTADO (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis