DELITO IMPRUDENCIAL. VALOR PROBATORIO DEL PARTE DE TRANSITO.
La circunstancia de que no se encontraran presentes al ocurrir los hechos los oficiales de tránsito que elaboraron el parte de accidente y croquis, no le resta validez al mismo, si se toma en consideración que dichos oficiales estuvieron en el lugar de los hechos momentos después de ocurridos los mismos, y dictaminaron con base en sus conocimientos especializados en la materia, y tomando en cuenta todas las observaciones que detallaron, tanto de los vehículos participantes como del lugar de los hechos, amén de que el contenido del parte se encuentra corroborado con otros medios de prueba.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204468-80a6b4b6/delito-imprudencial-valor-probatorio-del-parte-de-transito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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