DOCUMENTOS, COTEJO DE. OFRECIMIENTO CORRECTO DE ESTA PRUEBA.
Si bien la parte interesada, al ofrecer el cotejo de las fotocopias de los recibos que exhibió con sus originales, solicitó a la Junta del conocimiento que para tal efecto girara el exhorto correspondiente a diversa Junta de determinado lugar; como quiera que sea, no puede considerarse ofrecida la misma en términos de ley, si al señalar la dirección donde tendría lugar el desahogo de la diligencia pertinente, no especificó la ciudad o municipio a que corresponde esa dirección, pues por mucho que se haya solicitado que para tal efecto se girara el exhorto correspondiente a determinada Junta, ello no significa que la práctica de esa diligencia y la dirección que señaló correspondieran precisamente al lugar de residencia de la Junta exhortada, pues bien pudo referirse a diversa población de esa jurisdicción. Lo anterior de conformidad con el artículo 798 de la Ley Federal del Trabajo que categóricamente previene que si se solicita la compulsa o cotejo con el original del documento exhibido en copia simple o fotostática "para este efecto, la parte oferente deberá precisar el lugar donde el documento original se encuentre."
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204488-d46cd922/documentos-cotejo-de-ofrecimiento-correcto-de-esta-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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