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COMISION AGRARIA MIXTA. PROCEDIMIENTO INICIADO POR LA. ORDENADO POR EL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO RESULTA ILEGAL.

Clave: V.1o.1 A · Registro digital (IUS): 204940 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 414

Es ilegal el acuerdo del Tribunal Unitario Agrario, que ordena a la Comisión Agraria Mixta, que en su auxilio dé inicio al procedimiento de privación y reconocimiento de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones; pues si bien tal órgano jurisdiccional puede solicitar para diligenciación o desahogo de alguna actuación, el auxilio de alguna dependencia que exista en el estado, en atención a la ubicación del domicilio de quienes deban declarar o con quien deba practicarse la diligencia, tal petición de auxilio no se justifica, cuando las diligencias se realizan en el mismo lugar en que reside el Tribunal Unitario Agrario y menos aún, que se encomiende el inicio y tramitación de un procedimiento jurisdiccional, a una autoridad incompetente, como es la Comisión Agraria Mixta, la cual a virtud de la creación del Tribunal Unitario Agrario, dejó de tener injerencia legal en las contiendas relacionadas a los juicios agrarios; por lo cual, si el auto de inicio del procedimiento y la audiencia de pruebas y alegatos, fue practicado por una autoridad que carece de jurisdicción y tales actuaciones fueron la base de la sentencia que se reclama, ésta también resulta ilegal.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204940-e7e29456/comision-agraria-mixta-procedimiento-iniciado-por-la-ordenado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 178/95. Filiberto Hernández Sosa y otro. 23 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretario: Luis Humberto Morales.

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