TERCERO PERJUDICADO, CUANDO SI EXISTE EN MATERIA PENAL. EXCEPCION.
Si bien es cierto en términos generales en materia penal no existe tercero perjudicado, de conformidad con lo establecido por el inciso a), fracción III, del artículo 5 de la Ley de Amparo, también lo es que sí puede intervenir con dicho carácter la persona que conforme a la ley, tenga derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil proveniente de la comisión de un delito, esto con base en lo que señala el inciso b), de la misma fracción y artículo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/205131-8939cfc0/tercero-perjudicado-cuando-si-existe-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TERCERO PERJUDICADO EN AMPARO PENAL, QUIEN TIENE ESE CARACTER. (s/clave)
- TERCERO PERJUDICADO, NO EXISTE EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO QUE SE PROMUEVE CONTRA ORDEN DE APREHENSIÓN.- (5806)
- TERCERO PERJUDICADO INEXISTENTE EN AMPARO CONTRA AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- TERCERO PERJUDICADO EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- TERCERO PERJUDICADO, NO EXISTE EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO QUE SE PROMUEVE CONTRA ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- TERCERO PERJUDICADO EN EL AMPARO PENAL, PERSONAS QUE LO SON. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis