COMPETENCIA ENTRE EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION Y EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. DEMANDAS PRESENTADAS A PARTIR DE LA VIGENCIA DEL DECRETO DE 3 DE ENERO DE 1979.
De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 23, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero de 1978, así como con la reforma a este precepto legal y artículo sexto transitorio del decreto de reforma respectivo, publicado en el propio diario el 31 de diciembre de 1979, en relación con los artículos 21, fracción II, de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, reformado y adicionado por el decreto publicado en el Diario Oficial del 3 de enero de 1979 y segundo transitorio de este decreto, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, es competente para conocer de los juicios cuyas demandas se presenten a partir de la vigencia (tres días después de su publicación), del decreto que reformó y adicionó la Ley de dicho Tribunal, publicado el referido 3 de enero de 1979, de tal suerte que si la demanda se presentó ante el Tribunal Fiscal de la Federación con anterioridad a las fechas en que entraron en vigor los cuerpos legales precisados, la competencia para tramitar y resolver el juicio relativo corresponde al Tribunal Fiscal de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/206477-bf959fda/competencia-entre-el-tribunal-fiscal-de-la-federacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, LEY DEL. ES DE ÍNDOLE LOCAL, DE MANERA QUE NO PUEDE PREVALECER ANTE UNA LEY DE CARÁCTER FEDERAL AL DIRIMIRSE UNA CUE (44)
- TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, LEY DEL. ES DE INDOLE LOCAL, DE MANERA QUE NO PUEDE PREVALECER ANTE UNA LEY DE CARACTER FEDERAL AL DIRIMIRSE UNA CUE (180)
- TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, LEY DEL. ES DE INDOLE LOCAL, DE MANERA QUE NO PUEDE PREVALECER ANTE UNA LEY DE CARACTER FEDERAL AL DIRIMIRSE UNA CUE (s/clave)
- TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, LEY DEL. ES DE ÍNDOLE LOCAL, DE MANERA QUE NO PUEDE PREVALECER ANTE UNA LEY DE CARÁCTER FEDERAL AL DIRIMIRSE UNA CUE (41 (H))
- TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, LEY DEL. ES DE ÍNDOLE LOCAL, DE MANERA QUE NO PUEDE PREVALECER ANTE UNA LEY DE CARÁCTER FEDERAL AL DIRIMIRSE UNA CUE (247 (H))
- JUICIOS ORDINARIOS FEDERALES, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis