INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. EFECTOS.
Cuando la autoridad responsable no hubiere rendido oportunamente su informe justificado, queda a la prudente apreciación del juez federal determinar si suspende o difiere la audiencia constitucional, sin que sea obligatorio, según se advierte de la redacción del artículo 149 de la Ley de Amparo, previa solicitud del quejoso o del tercero perjudicado, la que, incluso, podrá hacerse valer verbalmente en el momento de la audiencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/206505-2f74a419/informe-justificado-extemporaneo-efectos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1705/88. Tempo Internacional, S. A. 26 de junio de 1989. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Guillermo Cruz García.
Jurisprudencia relacionada
- INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis