Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REVISION. DEBE DESECHARSE LA ADHESION DE TAL RECURSO HECHA VALER POR QUIEN AFIRMA TENER FACULTADES PARA REPRESENTAR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE SI NO MANIFIESTA QUE LO HACE EN SU AUSENCIA.

Clave: 3a. LXVIII/93 · Registro digital (IUS): 206688 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 361

De conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo las autoridades responsables no pueden ser representadas en el juicio de amparo. Por consiguiente, si la adhesión al recurso de revisión se hace valer por el funcionario que afirma tener facultades de representación de la autoridad responsable que obtuvo resolución favorable a sus intereses, debe desecharse dicha adhesión, pues la representación de las autoridades en el juicio de garantías no está permitida, pudiendo tan solo hacerla valer el funcionario que está facultado legalmente para suplirlo en su ausencia, pero siempre ante la manifestación relativa de que lo hace por tal motivo y no sólo porque tenga atribuciones para representarlo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/206688-317f23cc/revision-debe-desecharse-la-adhesion-de-tal-recurso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 833/93. Chappel de México, S.A. de C.V. 4 de octubre de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis