Corpus
Modo: Corpus Pro

INFORME JUSTIFICADO. SU AUSENCIA LLEVA A LA PRESUNCION DE LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO SIN QUE SE NECESITEN OTRAS PRUEBAS.

Clave: LXII/89 · Registro digital (IUS): 207388 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 335

Con arreglo al artículo 149, párrafo tercero, de la Ley de Amparo, cuando la autoridad responsable no rinda su informe con justificación, se presumirá cierto el acto reclamado, salvo prueba en contrario. Ello significa que si no existe prueba en contrario, el juez debe tener por ciertos los actos que se reclaman y, por tanto, carece de fundamento legal para exigir que se rindan pruebas para demostrar lo que ya es presumiblemente cierto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/207388-7abf2c60/informe-justificado-su-ausencia-lleva-a-la-presuncion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 695/89. Norma Guadarrama Herrera y otros. 14 de abril de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretario: Lorenzo Palma Hidalgo.

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