Corpus
Modo: Corpus Pro

ATRACCION EN AMPARO DIRECTO. LA PETICION FUNDADA PARA QUE LA SUPREMA CORTE CONOZCA DE UN ASUNTO, DEBE PROVENIR, EN LA HIPOTESIS RELATIVA A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, DE LOS MISMOS Y NO SOLO DE SU PRESIDENTE.

Clave: XLI/89 · Registro digital (IUS): 207433 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 373

Conforme al artículo 107, fracción V, último párrafo, de la Constitución, la Suprema Corte de Justicia, de oficio o a petición fundada del correspondiente Tribunal Colegiado de Circuito o del Procurador General de la República, podrá conocer de los amparos directos que por sus características especiales así lo ameriten. La petición de que ese Alto Tribunal haga uso de su facultad de atracción debe provenir, en el primer supuesto, del Tribunal Colegiado funcionando en Pleno, y no sólo de su Presidente, puesto que además de la literalidad del precepto debe considerarse que en los términos de los artículos 38 y 43 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, dichos tribunales se compondrán de tres magistrados y sus resoluciones las tomarán por unanimidad o mayoría de votos, no pudiendo abstenerse de votar sus integrantes sino cuando tengan un impedimento legal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/207433-07b4d1b7/atraccion-en-amparo-directo-la-peticion-fundada-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Reclamación en amparo directo 2169/88. Elsy Durán de Campero. 28 de noviembre de 1988. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.