PRUEBA PERICIAL. PREGUNTAS AL PERITO TERCERO EN DISCORDIA. LAS PARTES TIENEN DERECHO A FORMULARLAS.
Cuando no se le notifique a alguna de las partes la fecha en que se desahogue el dictamen del perito tercero en discordia, se violan sus garantías, porque al no estar presentes, no le pueden hacer las preguntas que juzguen convenientes, como lo establece la fracción IV del artículo 825 de la Ley Federal del Trabajo, que a la letra dice "IV. Las partes y los miembros de la junta podrán hacer a los peritos las preguntas que juzguen convenientes", lo que debe considerarse como una regla general que rige tanto para los peritos de las partes como para el tercero en discordia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208026-1ce255d3/prueba-pericial-preguntas-al-perito-tercero-en-discordia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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