Corpus
Modo: Corpus Pro

ORDEN DE REAPREHENSION, ES INMINENTE SI SE HA DICTADO PRISION PREVENTIVA CONTRA EL QUEJOSO.

Clave: VI.1o.4 P · Registro digital (IUS): 208582 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 430

No obstante que las autoridades responsables hayan negado la existencia de la orden de reaprehensión, su pronunciamiento es inminente si el quejoso compareció a rendir su declaración preparatoria bajo los efectos de la suspensión concedida en diverso juicio de garantías, pues al dictarse auto de formal prisión en su contra, implica que deba ordenarse su reaprehensión para quedar a disposición del juez de su causa y pueda instruírsele el proceso respectivo, teniendo en cuenta que el ilícito cometido se sanciona con pena privativa de libertad.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208582-34137a35/orden-de-reaprehension-es-inminente-si-se-ha · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 615/87. Pedro Díaz Morales. 18 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Manuel Acosta Tzintzun.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.