Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ARRENDAMIENTO, CONTRATO DE. BASTA EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO, TOTAL O PARCIAL DE UNA DE LAS PARTES Y LA ACEPTACION DE LA OTRA, PARA QUE SE EXTINGA LA ACCION DE NULIDAD DEL.

Clave: I.6o.C.156 C · Registro digital (IUS): 209231 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 128

De una recta interpretación del artículo 2234 del Código Civil del Distrito Federal, se desprende que en el contrato de arrendamiento, basta que se dé el cumplimiento voluntario de una de las partes a través del pago y la aceptación de la otra, ya sea total o parcial, para que se tenga por hecha la ratificación tácita de lo convenido, con lo que se extingue la acción de nulidad.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209231-b0f74557/arrendamiento-contrato-de-basta-el-cumplimiento-voluntario-total · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5960/94. Industrias Torel, S. A. de C. V. 5 de diciembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Y. Ulloa de Rebollo. Secretario: Cuauhtémoc González Alvarez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis