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ARRENDAMIENTO. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. CORRESPONDE AL ARRENDADOR HACER EL PAGO, CUANDO NO HAY PACTO EXPRESO DE QUE SE TRASLADE AL ARRENDATARIO O AL FIADOR.

Clave: I.5o.C.567 C · Registro digital (IUS): 209232 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 128

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 1o., fracción III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la parte directamente obligada a hacer el pago de dicho impuesto ante las autoridades recaudadoras respectivas en materia de arrendamiento de inmuebles, es el arrendador; y aun cuando la ley en cita permite que se traslade el citado impuesto al arrendatario, es necesario que ello se haga en forma expresa y por separado, para poder condenar al inquilino a su pago; por tanto, si la arrendadora quejosa no demostró, con prueba alguna, que la referida obligación fiscal se haya trasladado en forma expresa y por separado a su arrendataria, no es factible concluir que deba ser condenada también como obligada a su pago la parte fiadora.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209232-9370d14c/arrendamiento-impuesto-al-valor-agregado-corresponde-al-arrendador · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5385/94. Angela Jasso viuda de Mansilla. 10 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández de Mosqueda. Secretaria: Silvia Gutiérrez Toro. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 52/98 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 18/2000, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, octubre de 2000, página 227, con el rubro: "VALOR AGREGADO. CORRESPONDE AL ARRENDADOR EL PAGO DEL IMPUESTO RELATIVO CUANDO SE RECLAMA EN UN JUICIO DE ARRENDAMIENTO Y EN EL CONTRATO NO EXISTE PACTO EXPRESO Y POR SEPARADO DE SU TRASLACIÓN AL ARRENDATARIO."

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