APELACION DEL AUTO DE FORMAL PRISION. SU DESISTIMIENTO ANTE EL JUEZ NATURAL, IMPIDE QUE SE CONFIGURE LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA POR LA FRACCION XIV DEL ARTICULO 73 DE LA LEY DE AMPARO.
Una vez admitido un recurso de apelación y ordenado su trámite, el juez natural debe cesar en su jurisdicción para proveer en cuanto a la apelación interpuesta, siendo únicamente el Tribunal de alzada el facultado para resolver cualquier providencia que se dicte en segunda instancia, inclusive su desistimiento; pero cuando a pesar de tal impedimento, el juez de la causa dictó un auto en el que tuvo por desistido al recurrente de su apelación admitida con anterioridad, el mismo causó estado y dejó sin efecto el referido recurso, es lógico y jurídico concluir que el recurso dejó de existir, aun siendo improcedente el acuerdo por emanar de una autoridad incompetente; por lo que en el caso de que la parte que había apelado acuda al juicio de garantías señalando como acto reclamado la misma actuación que había sido materia de la apelación, de ninguna manera se puede decir que se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción XIV, de la Ley de Amparo, puesto que con tal desistimiento y su correspondiente acuerdo que causó estado, ya no se tramitará ante los Tribunales ordinarios recurso alguno que pueda tener por efecto modificar o revocar el acto reclamado, que es el requisito que la aludida fracción XIV exige para que se genere la causal de improcedencia que contiene, además de que a la autoridad de amparo no le compete resolver sobre tal falta de jurisdicción.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209427-919ab56f/apelacion-del-auto-de-formal-prision-su-desistimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- APELACIÓN DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN. SU DESISTIMIENTO ANTE EL JUEZ NATURAL, IMPIDE QUE SE CONFIGURE LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA POR LA FRACCIÓN XIV DEL ARTÍCULO 73 DE LA L (3656)
- PROCEDENCIA DEL AMPARO, POR DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION AUN CUANDO SE HAYA ACORDADO ANTE JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. AMPARO IMPROCEDENTE POR ESTAR PENDIENTE DE RESOLVERSE EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO ORDINARIO. (V. 2o. 182 P)
- AUTO DE FORMAL PRISIÓN. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL.- (460)
- AUTO DE FORMAL PRISION. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL. (IV.2o. J/10)
- AUTO DE FORMAL PRISION. AMPARO IMPROCEDENTE POR ESTAR PENDIENTE DE RESOLVERSE EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO ORDINARIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis