INFORME PREVIO. LA IMPOSIBILIDAD DE IMPUGNARLO Y DESVIRTUARLO, POR DARSE A CONOCER EL DIA DE LA AUDIENCIA, DA LUGAR A LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
Cuando el informe previo rendido por la autoridad responsable se da a conocer a las partes el día en que tiene verificativo la audiencia incidental, resulta obvio que por razón del tiempo, se ven imposibilitadas para impugnarlo y, en su caso, ofrecer pruebas que lo desvirtúen, por cuya razón, en una situación así, procede, conforme a lo dispuesto por el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, revocar la resolución que negó la suspensión definitiva del acto reclamado, y ordenar que se reponga el procedimiento, a efecto de que el juez de Distrito, tomando en consideración que dicho informe fue agregado en el cuaderno incidental hasta el día de la audiencia, señale nueva fecha para que la misma se lleve a cabo, y con ello se dé oportunidad a las partes de hacer valer sus derechos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209998-ecb77499/informe-previo-la-imposibilidad-de-impugnarlo-y-desvirtuarlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INFORME PREVIO. NO ES INDISPENSABLE HACERLO DEL CONOCIMIENTO DE LAS PARTES. (s/clave)
- INFORME PREVIO, CUENTA CON EL, EN LA AUDIENCIA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- SUSPENSION. AUTORIDAD QUE NO FUE EMPLAZADA Y SE RESUELVE RESPECTO DE ELLA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO EXTEMPORANEO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- INCIDENTE DE SUSPENSION. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN EL. (827)
- INCIDENTE DE SUSPENSION. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN EL. (IX.1o. J/14)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis