Corpus
Modo: Corpus Pro

QUERELLA NECESARIA. SI EL REPRESENTANTE DE LA PERSONA MORAL OFENDIDA, COMPRUEBA SUS FACULTADES CON POSTERIORIDAD AL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL, LA ORDEN DE CAPTURA ES VIOLATORIA DE GARANTIAS INDIVIDUALES. (LEGISLACION PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA).

Clave: XVII. 2o. 24 P · Registro digital (IUS): 210271 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 354

Interpretando relacionadamente los artículos 112, 113, penúltimo párrafo y 138 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chihuahua, se desprende que el Ministerio Público, a efecto de ejercitar la acción penal que le compete, en tratándose de delitos perseguibles por querella de parte ofendida, requiere necesariamente aquélla y siendo la ofendida una persona moral, dicha querella deberá ser formulada por mandatario especial o general para pleitos y cobranzas con cláusula expresa, carácter que deberá constar en instrumento público o ante dos testigos, caso en el cual se ratificará ante notario público o quien haga su vez. En esas condiciones, es contrario a lo dispuesto por los preceptos legales referidos, el que, con posterioridad al ejercicio de la acción penal y ante el juez de la causa, se pretenda acreditar que el representante legal de la ofendida, sí estaba expresa y legalmente facultado para querellarse, en virtud de que tal acreditamiento debió hacerse ante el Ministerio Público y con anterioridad al ejercicio de la acción penal.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210271-7a9456cd/querella-necesaria-si-el-representante-de-la-persona · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 293/93. María de los Angeles García Guzmán. 6 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Campuzano Medina. Secretaria: María de Lourdes Villagómez Guillón.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.