RECLAMACION, RECURSO DE. MATERIA Y OBJETO DEL RECURSO CONFORME A LOS ARTICULOS 82 Y 103 DE LA LEY DE AMPARO.
De conformidad con la interpretación de los artículos 82 y 103 de la Ley de Amparo, la reclamación es un recurso o medio de defensa que la ley concede a las partes para impugnar las providencias o acuerdos de trámite dictados, ya sea por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o por los Presidentes de las Salas o de los Tribunales Colegiados de Circuito, y no se trata de una revisión oficiosa de la legalidad de las providencias o acuerdos mencionados, ya que de ser así, pugnaría con el sistema establecido en la reclamación que es a instancia de parte agraviada, por lo que la materia del recurso de reclamación es el acuerdo de trámite o providencia impugnado, visto y examinado a través de los agravios expresados y el objeto de dicho recurso es la revocación o modificación del acuerdo o providencia de mérito.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210625-09982bd9/reclamacion-recurso-de-materia-y-objeto-del-recurso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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