TESTIGOS, RETRACTACION DE.
Las retractaciones de los testigos sólo se admiten en el enjuiciamiento penal cuando, además de fundarse tales retractaciones, están demostrados los fundamentos o los motivos invocados para justificarlas.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210680-a88a5e16/testigos-retractacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 12/93. Trinidad Marín Villalva o Villalba. 15 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo V, Segunda Parte-2, página 728; Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, Tesis 1952, página 3148; y, Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Segunda Parte, página 275.
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