CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. ES SUPLETORIO DE LAS LEYES IMPOSITIVAS.
El artículo 1o. del Código Fiscal de la Federación tiene aplicación cuando las leyes impositivas no regulen alguna situación en forma expresa; de ahí que si la ley que rige un impuesto no establece en forma expresa la forma de determinarlo, debe estarse a la ley supletoria que en este caso viene a ser el Código Fiscal de la Federación.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211228-9c1cf227/codigo-fiscal-de-la-federacion-es-supletorio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 2/89. Pedro Pliego González. 29 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
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