Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AGRARIO, LEGITIMACION, EL DELEGADO AGRARIO CARECE DE, SI A NOMBRE DE LA COMISION AGRARIA MIXTA, INTERPONE EL RECURSO DE REVISION, CONFORME A LAS REFORMAS DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.

Clave: X.1o.15 A · Registro digital (IUS): 212145 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 510

Cuando el Delegado Agrario promueve recurso de revisión contra la resolución que concedió la protección federal al quejoso, carece de legitimación, pues independientemente que la Comisión Agraria Mixta estaba compuesta por un Cuerpo Colegiado y debían ser todos sus integrantes quienes deben suscribir el escrito de agravios y no el Delegado Agrario, se advierte que el carácter con que se ostenta en el recurso este último ya cesó en sus funciones, pues conforme a las reformas que sufrió el artículo 27 constitucional, que creó la nueva Ley de la Reforma Agraria, ya no es autoridad la Comisión Agraria Mixta, pues si bien es verdad que al iniciarse el trámite de la demanda de garantías todavía estaba vigente la anterior Ley y durante ésta se tramitó y resolvió el expediente agrario, al igual que el juicio de garantías de donde proviene este asunto, también lo es que durante el trámite de dicho juicio de amparo, se reformó el aludido artículo 27 de la Constitución y se creó la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, desapareciendo entre otras las Comisiones Agrarias Mixtas, y en esa virtud resulta inconcuso que aun cuando fue esa autoridad agraria quien emitió el acto reclamado y se le solicitó su informe justificado en el juicio de amparo relativo, no corresponde a ella impugnar la resolución de amparo dictada en el juicio en que fue parte.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/212145-2d8e2233/agrario-legitimacion-el-delegado-agrario-carece-de-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 16/94. María de Jesús Perera Ovando. 8 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Vargas Ruiz. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis