ARRENDAMIENTO, ACCION DE TERMINACION DEL CONTRATO DE. ES IMPROCEDENTE CUANDO EN LA DEMANDA SE OMITEN EXPONER LOS HECHOS O LAS OMISIONES QUE DAN ORIGEN A LAS PRESTACIONES RECLAMADAS.
Es ilegal la sentencia en la que el juez responsable tuvo por acreditada la acción de terminación del contrato de arrendamiento. En efecto, lo incorrecto de la apreciación del juzgador proviene de la circunstancia de que, en ninguno de los hechos de la demanda de terminación de contrato de arrendamiento, se mencionó que la arrendadora hubiera notificado al inquilino su voluntad de dar por terminada la relación contractual arrendaticia y, por ende, el aviso de terminación a que se refiere el numeral 2478 del Código Civil para el Distrito Federal, no es parte de la litis, no obstante que se trata de un requisito de procedibilidad de la indicada acción instaurada, ya que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 255, fracción V, y 281 del Código de Procedimientos Civiles, deben probarse los hechos expuestos; pero si éstos no se expresan, como ocurre en la especie, en que no se hizo referencia a la circunstancia de que se hubiera notificado al inquilino la voluntad de la arrendadora de dar por terminada la relación contractual, es inconcuso que falta la materia misma de la prueba, ya que no podría admitirse que la simple exhibición de una prueba documental, baste para que ésta deba ser tomada en cuenta, pues ello implicaría una variación de la litis que colocaría al demandado en estado de indefensión, lo que además procede analizar incluso de oficio, toda vez que de acuerdo con el citado numeral 255, el enjuiciante debe narrar los hechos o las omisiones que dan origen a las prestaciones reclamadas, lo cual debe hacerse con claridad y precisión, es decir, el actor debe poner especial cuidado en no omitir ningún hecho que sea esencial o constitutivo de la acción que ejercita, como lo es, en el caso, el aviso de terminación de contrato de arrendamiento a que se refiere el artículo 2478 del Código Civil.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/213057-31c845e2/arrendamiento-accion-de-terminacion-del-contrato-de-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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