PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE JUBILACION. PRESCRIPCION. TERMINO Y COMPUTO.
De acuerdo al artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, "las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible..."; así que, tratándose de trabajadores jubilados, que como en el caso reclaman diferencias en el pago de la prima de antigüedad, están en posibilidad jurídica de reclamar su pago a partir del día siguiente de la fecha en que se otorgó su jubilación y ello sucede cuando se les liquida dicha prestación, que es cuando la misma se materializa y están en aptitud de advertir si las cantidades que reciben son correctas o no.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/214741-8a5e40e5/prima-de-antiguedad-en-caso-de-jubilacion-prescripcion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE JUBILACIÓN. PRESCRIPCIÓN. TÉRMINO Y CÓMPUTO.- (422)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE JUBILACION. PRESCRIPCION. TERMINO Y COMPUTO. (372)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE JUBILACION, PRESCRIPCION, TERMINO Y COMPUTO. (s/clave)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE JUBILACIÓN, PRESCRIPCIÓN, TÉRMINO Y CÓMPUTO. (243)
- PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA RECLAMAR PAGO DE DIFERENCIAS. INICIA SU COMPUTO AL DIA SIGUIENTE EN QUE SE MANIFIESTA LA EXISTENCIA DE ESTAS. (s/clave)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE JUBILACIÓN, PRESCRIPCIÓN DE LA. TÉRMINO. CORRE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA JUBILACIÓN. (242)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis