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Modo: Corpus Pro

CORRECCIONES DISCIPLINARIAS. COMPETE AL JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA CONOCER EL AMPARO EN SU CONTRA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 214890 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 198

Las correcciones disciplinarias que se imponen a los reos por infracciones al Reglamento de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal, son medidas administrativas tendientes a preservar la organización y el orden que deben prevalecer en el interior de los recintos carcelarios, ajenos totalmente al procedimiento penal, por lo que la competencia para conocer del amparo contra dichos actos, se surte en favor del juez de Distrito en materia Administrativa, en el Distrito Federal, en términos de los artículos 51 fracción III y 52 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/214890-f63a77d9/correcciones-disciplinarias-compete-al-juez-de-distrito-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 476/92. Antonio Alvarez Corona. 17 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Manuel Patiño Vallejo. Secretario: Francisco Fong Hernández.

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