Corpus
Modo: Corpus Pro

PRORROGA DEL CONTRATO. LA PRUEBA PERICIAL NO ES APTA PARA ACREDITAR LA SUBSISTENCIA DE LA MATERIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 215049 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Septiembre de 1993; Pág. 290

El artículo 821 de la Ley Federal del Trabajo establece que la prueba pericial versará sobre cuestiones científicas, técnicas o de arte, que proporcionen a la Junta elementos que ilustren su criterio; aspectos no necesarios para determinar la subsistencia de las causas que dieron origen a la contratación, los cuales pueden ser demostrados a través de la prueba testimonial.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/215049-be467a7b/prorroga-del-contrato-la-prueba-pericial-no-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 834/92 (8374/92). María Dolores del Angel Macías. 30 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Carrete Herrera. Secretario: Gilberto León Hernández.

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