ABUSO SEXUAL Y ATENTADOS AL PUDOR. DIFERENCIA DE.
Los delitos de abuso sexual y atentados al pudor se refieren a un acto sexual realizado sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula por parte del activo, pero con la diferencia bien marcada entre ambos delitos de que en el primero el sujeto pasivo lo puede ser todo el mundo, sin limitación de edad y que sea capaz, en tanto que en el segundo la víctima sólo lo es una persona menor de doce años de edad o incapaz, por carecer de la facultad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/215207-f9f379df/abuso-sexual-y-atentados-al-pudor-diferencia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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