Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SUSPENSION DEFINITIVA. SI NO EXISTE CAUSA SUPERVENIENTE QUE LA SUSTENTE, EL JUEZ DE DISTRITO NO PUEDE MODIFICAR O REVOCAR LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 215723 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 584

El juez de Distrito no puede modificar o revocar la suspensión definitiva en los términos en que la concedió, si no existe causa superveniente que la sustente, y por ésta debe entenderse la existencia de nuevos datos surgidos con posterioridad a la emisión de la resolución incidental de que se trate, o bien, datos que existiendo previamente, no se tenía conocimiento legal de su existencia.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/215723-ac44a692/suspension-definitiva-si-no-existe-causa-superveniente-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Incidente en revisión 199/93. Candelaria López de López. 6 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Arturo J. Becerra Martínez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis