OFENDIDO, ACTOS QUE NO PUEDEN SER IMPUGNADOS EN EL AMPARO POR EL.
De acuerdo con lo previsto por el artículo 5o. fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, los ofendidos o las personas que conforme a la ley tengan derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil proveniente de la comisión de un delito, tienen el carácter de parte en el juicio de garantías que se haya promovido contra actos judiciales del orden penal, siempre que éstos afecten dicha reparación o de responsabilidad; pero el juicio únicamente podrá ser intentado contra actos que se originen en el incidente de reparación del daño o de responsabilidad civil, o bien contra los actos surgidos dentro del procedimiento penal, relacionados inmediata y directamente con el aseguramiento del objeto del delito y de los bienes que estén afectos a la reparación o a la responsabilidad civil, por disponerlo así expresamente el artículo 10 del ordenamiento legal citado. Así, es claro que tales hipótesis no tienen lugar cuando el acto reclamado lo constituye la sentencia de segunda instancia que confirma la absolución del acusado, porque la ley no permite a los ofendidos impugnar lo referente a la comprobación del cuerpo del delito y la responsabilidad del acusado; puesto que el legislador no pretende auspiciar sentimientos de venganza y ha dejado para el Ministerio Público, como facultad exclusiva (artículo 21 constitucional), el ejercicio de la acción penal, resulta lógico que el ofendido carezca de dicha acción y, por consiguiente, que en relación con los juicios de amparo en materia penal en que el ofendido no sea precisamente el quejoso, sólo le asista el derecho a comparecer, como tercero perjudicado, en defensa de sus derechos patrimoniales vinculados con el delito; por tanto, el juicio de amparo que en tales casos se intente es improcedente porque no existe afectación a los intereses jurídicos del quejoso.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/216192-e495aefd/ofendido-actos-que-no-pueden-ser-impugnados-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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