Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AUDIENCIA INCIDENTAL. PRUEBAS DOCUMENTALES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 216864 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 225

El artículo 152 de la Ley de Amparo es aplicable solamente a la audiencia constitucional y no a la incidental, la cual está regida por lo dispuesto en el artículo 131 de la ley de la materia, numeral que faculta a las partes para ofrecer las pruebas documentales o de inspección ocular que estimen pertinentes, pero no existe disposición expresa en la ley de la materia que autorice a los jueces federales para requerir a las autoridades responsables, a fin de que expidan las constancias que les han solicitado las partes, y en consecuencia tampoco existe disposición que autorice diferir dicha audiencia por el motivo aludido.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/216864-c266d51d/audiencia-incidental-pruebas-documentales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 260/92. Saúl González Ascención y otro. 3 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo en revisión 386/89. Luciano Islas Espinoza. 15 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Nelson Loranca Ventura.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis