DEMANDA. HECHOS CONSTITUTIVOS DE LA LITIS, CUANDO SE RATIFICA Y AL MISMO TIEMPO SE MODIFICA LA.
Los hechos constitutivos de la modificación de una demanda no deben ser dejados de admitir como integrantes de la litis por la circunstancia de que el actor haya ratificado su demanda previamente al señalamiento de esas modificaciones, si al hacerlo agrega de inmediato las aclaraciones pertinentes y lo hace antes de que se otorgue la palabra a su contraparte; en razón de que tal proceder se ajusta al orden en que se debe desarrollar la audiencia de demanda y excepciones prevista por el artículo 878 de la Ley Federal del Trabajo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/216933-95ace4f6/demanda-hechos-constitutivos-de-la-litis-cuando-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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