Corpus
Modo: Corpus Pro

MULTA A QUE SE HACE ACREEDORA LA AUTORIDAD RESPONSABLE POR OMITIR INFORMAR AL JUEZ DE AMPARO SOBRE UNA OBVIA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA QUE SE ADVIERTE DE AUTOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 217026 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 316

El artículo 74 fracción IV, segundo párrafo, establece que tanto la parte quejosa como la autoridad o autoridades responsables, están obligadas a manifestar al juez de amparo las causas notorias de sobreseimiento cuando éstas ocurran, y que en caso de no cumplir con esa obligación se les impondrá una multa de diez a ciento ochenta días de salario, según la circunstancia del caso. A su vez el segundo párrafo del diverso 149 de la ley de la materia previene que las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación exponiendo las razones y fundamentos legales que estimen pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o la improcedencia del juicio, acompañando copias certificadas de las constancias necesarias para apoyar su informe. Así las cosas, si la autoridad responsable no señala en su informe justificado que el acto reclamado ha sido materia de diversos juicios de garantías, promovidos por el propio quejoso contra las mismas autoridades responsables, no expresa que por ello se surte la causal de improcedencia correspondiente, ni tampoco remite, en las constancias que acompañó para justificar su informe, alguna relativa a que el quejoso haya promovido diversos juicios de amparo en contra del mismo acto reclamado y contra las propias responsables; es claro que la conducta omisa de la responsable encuadra en el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 74 de la ley de la materia, y por tanto se hace acreedora de una multa.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217026-f55f5c06/multa-a-que-se-hace-acreedora-la-autoridad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 229/92. Florencio Juárez Bernabé. 13 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.