CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. INTERPRETACION CORRECTA DEL ARTICULO 209 DEL. (FRACCIONES I Y VII Y ULTIMO PARRAFO).
El artículo 209 del Código Fiscal Federal impone la obligación al demandante de adjuntar a su demanda: "I. Una copia de la misma para cada una de las partes y una copia de los documentos anexos para el titular a que se refiere la fracción III del artículo 198, o en su caso, para el particular demandado... VII. Las pruebas documentales que ofrezca". El párrafo último del propio precepto establece las sanciones para cuando no se adjuntan a la demanda los documentos a que se refiere el artículo; impone para los casos en los que no se acompañen los documentos a que se refieren las fracciones V y VII (la VI se encuentra derogada) la pérdida del derecho para tener por ofrecidas las pruebas de que se trate, pero si son a los que aluden las fracciones de la I a la IV se tendrá por no presentada la demanda. Así las cosas, es preciso advertir que ambas fracciones cuestionadas, la I y la VII, hablan de documentos y éstos, trátese de los de una u otra fracción, deben acompañarse, adjuntarse o anexarse al escrito inicial de demanda. La falta de precisión de la fracción I al no especificar a cuáles anexos se refiere, excepción hecha del escrito de demanda, hace que su aplicación deba favorecer al particular que acude al juicio en defensa de unos derechos que considera vulnerados en su perjuicio y no de la autoridad que pudiera obtener un beneficio indebido por la aplicación incorrecta de un precepto ya de suyo rigorista. Debe, por otra parte, estarse a la naturaleza jurídica de los documentos anexos a la demanda, ya que si con ellos se pretende demostrar la ilegalidad de la resolución impugnada en el juicio anulatorio, su naturaleza jurídica será de documento probatorio y la sanción, si no se acompañan y no se satisface la prevención a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 209, será la de tener por no ofrecidas las pruebas.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218796-0f3c57ac/codigo-fiscal-de-la-federacion-interpretacion-correcta-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. INTERPRETACION DE SU ARTICULO 209. (XVI.2o. J/2)
- CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, DE LA CORRECTA INTERPRETACION DE SU ARTICULO 209, SE DESPRENDE QUE NO ES REQUISITO INDISPENSABLE PARA ADMITIR LA DEMANDA DE NULIDAD, EL QUE SU PROMO (s/clave)
- JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. LA FALTA DE COPIAS DE UN DOCUMENTO OFRECIDO COMO PRUEBA, DISTINTO A CUALQUIERA DE LOS ENUNCIADOS EN LAS FRACCIONES I A IV DEL ARTÍCULO 209 DEL CÓ (XXIII.3o.1 A)
- DEMANDA DE NULIDAD. LA FALTA DE EXHIBICIÓN DE LAS DOCUMENTALES A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES V, VI Y VII DEL ARTÍCULO 209 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, NO OCASIONA QUE SE (I.9o.A.81 A)
- CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. ANEXOS A QUE SE REFIERE LA FRACCION I DEL ARTICULO 209 DEL. (s/clave)
- DEMANDA DE NULIDAD. EFECTOS RESPECTO A LA OMISIÓN EN ADJUNTAR LAS DIFERENTES DOCUMENTALES Y PRUEBAS QUE EXIGE EL ARTÍCULO 209 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 (XIV.1o.A.C.20 A)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis