Corpus
Modo: Corpus Pro

TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO, DESERCION DE LA PRUEBA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 219197 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 438

Es correcto que la Junta responsable declara desierta esa probanza cuando el oferente señala un domicilio equivocado de los testigos y no indica el correcto dentro del término concedido, ni el día y hora fijados para su recepción los presenta, en cumplimiento todo esto del requerimiento y prevención hechos por la citada autoridad, dado que el artículo 780 de la Ley Federal del Trabajo obliga a las partes a ofrecer las pruebas proporcionando los elementos necesarios para su desahogo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219197-2ca25b44/testigos-en-materia-de-trabajo-desercion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 235/87. Nahum Aparicio Carreón. 17 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Uribe García. Secretario: Alejandro Gabriel Hernández Viveros.

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