Corpus
Modo: Corpus Pro

CONFESION DEL ACUSADO. REQUISITOS PARA QUE HAGA PRUEBA PLENA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 219293 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Mayo de 1992; Pág. 413

Para que la confesión vertida por el acusado alcance el rango de prueba plena, es necesario que, además de no ser inverosímil, esté corroborada con otros medios de convicción. De no ser así, queda reducida a un mero indicio.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219293-66ab0b4f/confesion-del-acusado-requisitos-para-que-haga-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 458/91. Reyes Sergio Maldonado Mendoza. 23 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: Edith Alarcón Meixueiro. Amparo directo 78/89. Porfirio Téllez Altamirano. 19 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Tesis 73, página 167.

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