PARTICIPACION DE UTILIDADES, PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LA.
Las Juntas no son competentes para resolver conflictos con respecto al pago de reparto de utilidades, mientras no se cumpla con el procedimiento que la Ley Federal del Trabajo señala para determinar de cada trabajador en las utilidades de la empresa, cuya determinación se deja a una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219388-3233b1a9/participacion-de-utilidades-procedimiento-para-el-pago-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 122/92. José Antonio López Franco. 8 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Nabor González Ruiz. Secretario: Sergio Ignacio Cruz Carmona.
Jurisprudencia relacionada
- PARTICIPACION DE UTILIDADES, PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LA. (s/clave)
- UTILIDADES, PARTICIPACIÓN DE LAS. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINARLA. (1799)
- UTILIDADES, PARTICIPACION DE LAS. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINARLA. (973)
- UTILIDADES, PARTICIPACION DE LAS. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINARLA. (s/clave)
- UTILIDADES, PARTICIPACIÓN DE LAS. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINARLA.- (1216)
- PARTICIPACION DE UTILIDADES, PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis